El Museo Nacional de Arte de Cataluña incluye en sus colecciones un buen número de obras de arte desgajadas del patrimonio aragonés. Entre ellas Imagen 01: un frontal del altar de San Martin de Tours, de su ermita, en Chía (Huesca), realizado en la segunda mitad del siglo XIII. 
 «El primer conflicto además del de Sigena sobre bienes culturales fruto de la paranoia separatista fue el del «arte sacro de la Franja», relativo a 113 piezas provenientes de las parroquias aragonesas custodiadas durante años por el museo diocesano de Lérida»
 Por fin, como fecha 28 de mayo de 2025, hemos podido leer en prensa que el Tribunal Supremo desestima los recursos de la Generalitat y del Museo Nacional de Arte de Cataluña sobre las pinturas murales del Monasterio de Sijena en Huesca.
 Ya conocemos a los falsarios creacionista de la nación catalana que tratan de «catalanes universales» a españoles como el aragonés Miguel Servet, y montañas aragonesas como catalanas, a lo que se suma lo grotesco de los dieciséis puentes románicos aragoneses que aparecen en el libro editado en 1998 por la Generalidad, titulado «Los puentes de piedra de Cataluña», perteneciente a la colección editorial separatista bajo el definitoria denominación de «Som i Serem».
 Cuando hoy vemos esos afanes imperialistas del nacionalismo catalán sobre la región de la franja o francha aragonesa, que va desde Huesca hasta el Matarraña turolense, hay que recordarles que Aragón desde sus inicios se trazó una política reconquistadora muy ambiciosa que abarcaba indudablemente las actuales comarcas del Somontano Oscense, Ribagorza, Litera, Bajo Cinca y en ocasiones incluso el Segriá. Ya en 1039 Ramiro I intenta tomar Lérida y otro tanto hizo su hijo Sancho Ramírez que prodiga las incursiones hacia el Segre y ocupa terrenos muy cercanos, como demuestra un documento de junio de 1083, en el que hace donación a dos de sus guerreros, Berenguer Ramón de Sischar y Pedro Bernardo de Monesma, de la Almunia de Tabasch, en el término de Lérida, junto a los muros de Alguaire, y hace mención terminante de que se halla “IN MEA TERRA”.
 Imagen 02: Tabla de San Martin Lascuarre. La Pintura sobre tabla de San Martín Obispo (siglo XV). Se trata de una tabla policromada al temple con retoques al óleo que formaba parte de un retablo desaparecido de la iglesia parroquial de Lascuarre. La composición se centra, como indica el nombre de la obra, en torno a la figura de San Martín, obispo de Tours, que es representado vestido de pontifical con una magnífica capa pluvial adamascada y brocada. Lleva los demás símbolos de su posición: mitra, guantes, anillos y báculo. El trono sobre el que se sienta es de grandes dimensiones y simula estar tallado en madera y enriquecido con un dosel de fondo. En torno a esta figura central, se disponen San Esteban, representado como un diácono que sostiene un libro y las piedras que simbolizan su martirio y el propio San Martín de joven, que aparece representado como un caballero que parte su capa con la espada para compartirla con Jesucristo transformado en un mendigo adolescente. Hay que tener en cuenta que algunos investigadores creen que la figura central en realidad representa a San Nicolás de Bari. Estilísticamente combina rasgos del gótico hispano-flamenco, observables en la figura del santo obispo, con otros rasgos ya renacentistas como podemos ver en la figura de Jesús, tratada de forma más naturalista, relacionada con modelos italianos. La obra ha sido atribuida al pintor aragonés Martín Bernat, por lo que podríamos fechara en el último cuarto del siglo XV. 
 El primer conflicto sobre bienes culturales fruto de la paranoia separatista fue el del «arte sacro de la Franja», relativo a 113 piezas provenientes de las parroquias aragonesas custodiadas durante años por el museo diocesano de Lérida y que el obispado de Barbastro ya reclamó en 1995, un litigio eclesiástico que cuenta con una sentencia del Vaticano a favor de Aragón.
 «El nuncio papal, Renzo Frattini, confirmó en noviembre 2011 que los bienes serían devueltos a Aragón… (¿?)»
 El conflicto de los bienes eclesiásticos de la Franja, entre las comunidades autónomas de Aragón y Cataluña se produce a causa de la transferencia en 1995 de las parroquias oscenses de la diócesis de Lérida a la de Barbastro-Monzón, situándose la mayor parte en la Franja de Aragón. El nuncio papal, Renzo Frattini, confirmó en noviembre 2011 que los bienes serían devueltos a Aragón… (¿?)… Es como si las obras de arte de la diócesis de Jaca, proveniente de decenas de templos abandonados en el Pirineo, en vez de estar en el museo de la catedral de Jaca hubieran sido llevados a Pamplona por haber estado en esa provincia eclesiástica.
 Imagen 03: Cruz procesional de Roda de Isábena XVI, Plata cincelada y repujada. 
 «Desde la batalla de las Navas de Tolosa, los pueblos de España, empezaron a superar la dispersión feudal. Un acontecimiento que merece ser recordado en estos tiempos en los que algunos pretenden el retorno a un neofeudalismo construido sobre el odio a España»
 Desde la batalla de las Navas de Tolosa, los pueblos de España, empezaron a superar la dispersión feudal. Un acontecimiento que merece ser recordado en estos tiempos en los que algunos pretenden el retorno a un neofeudalismo construido sobre el odio a España, y la desigualdad entre los territorios y los ciudadanos. Hemos de recuperar la auténtica Memoria Histórica descubriendo en ella las raíces hispanas del pueblo catalán desde sus orígenes. Creo que ningún español sensato niega la catalanidad de españoles universales como Gaudí, Dalí o el más recientemente fallecido fotógrafo Centelles, pero lo que es indignante es que desde instancias oficiales se les secuestre su españolidad y su obra. Y cito aquí a Centelles pues los hijos de este excepcional fotógrafo, Agustí Centelles, mostraron la voluntad de recurrir a los tribunales para evitar las medidas de «protección» del departamento catalán de Cultura, que pretenden evitar que el archivo salga de Cataluña una vez comprado por el Ministerio de Cultura, según explicó a Efe Sergi Centelles. Los hijos del fotoperiodista Agustí Centelles Ossó, fallecido en 1985, decidieron vender su archivo fotográfico al Ministerio de Cultura, lo que llevará la obra del fotógrafo al Centro Documental de la Memoria Histórica de Salamanca. La misma
 situación ocurre con las obras de arte religioso de la franja o francha oscense aún pendientes de su devolución al obispado de Huesca a pesar de que ya hay una sentencia de la Signatura Apostólica equivalente a un fallo del Tribunal Supremo.
 Imagen 04: Santa Eulalia y Santa Matrona 
 Desde el separatismo catalán se acusa de enemigo de Cataluña a todo aquel que les contradice cuando nuestro sentimiento es de profundo amor hacia Cataluña. Lo único que se nos hace insoportable es la profunda ignorancia y más todavía el totalitarismo de la incultura y la manipulación de la verdad. Es realmente doloroso que a cada proceso electoral andemos preguntándonos una y otra vez qué somos y a dónde vamos dentro de una torpe espiral de derroche de esfuerzos que deberían ir encaminados a sacar a España del agujero en la que la han metido sus detractores. Es lamentable que siglos después sigamos preguntándonos qué es España, ahí tenemos a Pedro Sánchez y al de la coleta que no saben ni de lo que hablaban y a los que hay que recordar que por ejemplo Italia o Alemania accedieron mucho más tarde a su unidad nacional y no andan como nosotros perdidos por culpa de una clase política fundamentalmente corrupta e inculta.
 «En más de tres decenios, el tiempo de gestación de dos generaciones, los independentistas catalanes se han ocupado de convertir su historia, más bien ensoñación, en ficción e inocularla desde la infancia»
 Desde 2015 se inicia el acelerón de la deriva separatista encubierta bajo un cínico derecho a decidir que corresponde a todos los españoles y que sigue envenenando y desafiando a la soberanía nacional española. Viviendo hundidos dentro en la inmersión lingüística y respirando nacionalismo desde que el alba hasta el ocaso, muchos catalanes han de limpiarse el pecado original de tener padres aragoneses, andaluces o gallegos. En más de tres decenios, el tiempo de gestación de dos generaciones, los independentistas catalanes se han ocupado de convertir su historia, más bien ensoñación, en ficción e inocularla desde la infancia en los centros educativos de todos los niveles, lo cual explica mucho de lo que estamos viviendo actualmente.
 Imagen 05: Frontal de altar de San Vicente Trassera (segunda mitad del siglo XIII).  Pintura sobre tabla de pino (97 x 116 cm.) 
 Precisamente en ese año, el miércoles 3 de Junio de 2015, el Tribunal Supremo confirmó la legitimidad del gobierno aragonés de catalogar como patrimonio propio varios de los bienes eclesiásticos depositados en el museo diocesano y comarcal de Lérida, cuya devolución se venía reclamando desde Aragón, lo cual constituyó un paso importantísimo para lograr el retorno de los bienes del patrimonio histórico-artístico aragonés. La decisión del Supremo quedó plasmada en cuatro sentencias referidas a cuatro de los litigios planteados desde la Generalidad y la Diputación de Lérida respecto a diversas piezas del patrimonio histórico-artístico aragonés que permanecen depositadas en Cataluña. Se trata de piezas que desde hace décadas tiene repartidas concretamente en colecciones de dos museos catalanes, el Diocesano de Lérida y el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC).
  
 «El pacto con CiU se conoció como el Pacto del Majestic, e incluía el desarrollo de la financiación autonómica ya iniciada en la etapa socialista y el traspaso de competencias»
 Recordemos cuando Aznar afirmó: “En mi mandato culminó el estado autonómico. Pero no asumo haber participado en su desbordamiento”. Aznar gobernó de 1996 a 2004 y al igual que su antecesor buscó el apoyo nacionalista que a nadie engañaba en su intención. El sábado 4 de mayo de 1996, el candidato del Partido Popular José María Aznar fue investido Presidente del Gobierno por mayoría absoluta en la primera votación. Convergencia i Unió, el Partido Nacionalista Vasco y Coalición Canaria apoyaron a Aznar después de dos meses de negociaciones con el Partido Popular, al que exigieron, entre otros compromisos, la eliminación del servicio militar obligatorio para dar su voto positivo en la investidura. El pacto con CiU se conoció como el Pacto del Majestic, e incluía el desarrollo de la financiación autonómica ya iniciada en la etapa socialista y el traspaso de competencias. Este pacto tenía también su contrapartida regional puesto que tras las elecciones de 1995 CiU no tenía mayoría absoluta en el Parlament, y supuso el apoyo del PP de Cataluña. Este pacto tuvo consecuencias drásticas para la línea política del Partido Popular de Cataluña (PPC) y su líder, Vidal-Quadras, quien fue apartado de la presidencia del PPC, presentando su dimisión como presidente de éste, cumpliéndose los deseos del separatista Jordi Pujol, hoy implicado en una densa trama de corrupción, de apartarlo de la vida política catalana.
 Imagen 06: Frontal de altar de San Hilario o Frontal de Buira (siglo XIII) es una obra sobre madera tallada y policromada de la Escuela de Ribagorza, representando la figura entronizada de San Hilario, Obispo de Poitiers. Procede de la Ermita de la Virgen de la Mola (Buira). Provincia de Huesca. Sus dimensiones son 89,5 x 139 cm 
 Recordemos cuando Aznar hablaba catalán en la intimidad. En este clima tan positivo, Aznar no tuvo ambages en decir lo siguiente en una entrevista para la televisión autonómica de Cataluña, TV3: «La lengua catalana es una de las expresiones más completas, más perfectas, que yo conozco desde el punto de vista de lo que puede ser el lenguaje. Y desde luego, quiero decir que no solamente lo leo desde hace muchos años, la entiendo, y además, cuando estoy en círculos reducidos, no muy amplios, la hablo también.»
 ¿Cuándo se cedieron las competencias de tráfico en Cataluña quitándoselas a la Guardia Civil?, o ¿Cuándo dejamos de ver guardias civiles de montaña o a los buceadores del GEAS?, ¿Cómo es posible que respecto al terrorismo que es un ataque al estado se hayan delegado competencias en las policías autonómicas?, ¿Cómo puede haber unidades de desactivación de explosivos en las policías autónomas?, todo ello va en contra de la igualdad de los españoles y a favor de desmantelar la organización y presencia del estado en determinados espacios del territorio nacional no sintiéndose la acción del estado en todos los lugares por igual, y de eso son tan responsables el PP como el PSOE, que han mendigado el voto nacionalista y no han sido capaces de pactar por el bien de España dejando gobernar al otro pero sentando una serie de puntos intocables. Unos y otros han puesto siempre su ansia de gobierno por encima del interés general de España acusando al contrario de falta de patriotismo, mientras otros les robaban la cartera.
 Imagen 07: Tabla de San Pedro y Crucifixión de Peralta 
 A esto añadamos la entrega absurda de la competencia estratégica que es la educación permitiendo que durante más de tres décadas se haya forjado una historia enfrentada con el resto de los españoles, Cierto es que con Aznar no se desbordó el sistema autonómico, porque no paró de cederles competencias para obtener su apoyo, pero Aznar y González prepararon el camino para lo que tenemos hoy que fue rematado por Zapatero, el mayor indocumentado que jamás hubiéramos imaginado nadie como presidente del gobierno de España.
 Pero volvamos al objeto de estas líneas dedicadas al actual consejero de la Generalidad responsable en la materia, el señor barón de Claret.
 Imagen 08: Virgen de Zaidín 
 «Ese verano de 2016 la Generalidad ya incumplió los plazos para devolver los bienes de Sijena, de los que solo envió 53 que se encontraban en el Museo Nacional de Arte de Cataluña. Faltan por tanto 44 piezas»
 El pasado 27 de julio de 2016 la Generalitat de Cataluña devolvió 53 de las 97 piezas del cenobio de Sijena y lo hizo un día después del plazo marcado por la juez, monasterio que es monumento nacional desde su declaración en 1923 y que por ello las piezas no podían separarse del conjunto, algo que alegan ahora sus ladrones.
 La sentencia obligaba a devolver a Aragón las pinturas murales de la sala capitular del Monasterio de Villanueva de Sijena y acabó con la marcha de 53 piezas, ajenas a las pinturas, custodiadas por el MNAC camino del monasterio por imperativo legal, y con la petición del Gobierno aragonés a la jueza para que mandara a la policía judicial en busca de otras 44 depositadas en el Museo de Lleida. Ese verano de 2016 la Generalidad ya incumplió los plazos para devolver los bienes de Sijena, de los que solo envió 53 que se encontraban en el Museo Nacional de Arte de Cataluña. Faltan por tanto 44 piezas, de las que el corrupto gobierno catalán decía que había extraviado dos, el resto están en el Museo de Lérida y de las que solo se exponen siete.
 De cualquier manera, el entonces consejero de Cultura de la Generalitat de Cataluña Luis Puig, declaró que las 44 obras de arte sacro del monasterio de Sijena «no saldrán por voluntad propia del museo de Lérida» añadiendo que el gobierno catalán pretendía «agotar todos los caminos que nos siguen aportando un sentimiento de justicia en nuestra defensa» (¿?)… Cumplido el plazo judicial, el gobierno de la autonomía catalana no devuelve las obras del monasterio de Sijena a Aragón…
 Imagen 09: La Arqueta de Buira (siglo XIV) Dimensiones: 16,5 x 27,5 x 18 cm. Madera decorada con relieves de estuco dorado, picados y policromados, cantoneras y láminas de metal, fondo forrado con tela de lino azul, cerraja, tapa y frontales de hierro forjado. 
 «Y no solamente está en tema de la Franja y de Sijena, también tenemos los procesos de los ayuntamientos de Berbegal y Peralta de Alcofea que presentaron denuncias por la vía penal para recuperar su patrimonio»
 Y no solamente está en tema de la Franja y de Sijena, también tenemos los procesos de los ayuntamientos de Berbegal y Peralta de Alcofea que presentaron denuncias por la vía penal para recuperar su patrimonio, solicitando como medida cautelar su secuestro judicial y su depósito cautelar en Huesca. Se trata de la portada de la antigua iglesia de El Tormillo (núcleo de Peralta), que se encuentra en el templo románico de San Martín en Lérida. Las otras dos piezas reclamadas, el retablo del Salvador de la colegiata de Berbegal y la tabla de San Pedro y la Crucifixión, de Peralta, están en el Museo Diocesano y Comarcal de Lérida. Las parroquias de Berbegal y Peralta de Alcofea pasaron a la diócesis de Huesca en 1956, quedándose los bienes en la diócesis de Lérida. Desde el obispado de Lérida se afirma «haber pagado 375 pesetas por la portada románica de la iglesia de El Tormillo a finales del siglo XIX»
 Recuerdo que cuando gobernaba el PP, el barón de Claret, conseller de cultura, me preguntaba… ¿hará un escrito… tomará alguna decisión para que se tomen las medidas penales que se consideren oportunas para que TODOS los bienes aragoneses vuelvan a donde deben estar, los de la Franja, los de Sigena, Belbegal y Peralta de Alcofea?… me equivoqué, no hizo nada.
 Imagen 10: Tres sepulcros del monasterio de Sijena (Huesca) expuestos en el Museo de Lérida 
 Recuerde el señor Méndez de Vigo, barón de Claret, que se trata de una sentencia firme, definitiva e inapelable del Tribunal Supremo con la que se pone fin a más de diez años de litigio en torno a los conocidos como bienes de la Franja, y que cualquier acto de resistencia o pasividad, por parte de la diócesis de Lleida, de la administración catalana o de sus responsables entre los que se encuentra el actual conseller, a las demandas de los propietarios legítimos de los bienes podría suponer un delito de apropiación indebida. El alto tribunal confirmó, por otra parte, la catalogación aragonesa del Frontal de Berbegal, una de las piezas más valiosas que se exponen en el Museo de Lérida, de la Tabla del Calvario y de la Crucifixión de Peralta de Alcofea, y de 24 de las 113 piezas procedentes de las parroquias aragonesas. Las resoluciones del Supremo no sólo confirman la catalogación de estas piezas sino también de 112 piezas de las parroquias aragonesas adscritas al obispado de Barbastro-Monzón desde 1995.  
 La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Huesca que, a su vez, confirmó la estimación de la demanda y condenó al Museu Nacional d’Art de Catalunya (MNAC) a restituir a la sala capitular del Monasterio de Villanueva de Sijena (Huesca) las pinturas murales de allí extraídas. La demanda se interpuso por el Gobierno de Aragón en ejercicio de sus competencias y por cesión de acciones por la Comunidad Religiosa titular del Monasterio de Sijena, y se personó el Ayuntamiento de Sijena en calidad de demandante. Fueron demandadas la Administración General del Estado y el MNAC, y se personó como interviniente, en calidad de demandada, la Generalitat de Catalunya. 
 El Juzgado de Primera Instancia estimó la demanda y acordó la restitución de las pinturas a la sala capitular del monasterio. El MNAC y la Generalitat de Catalunya recurrieron en apelación, y el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena impugnó la sentencia. La Audiencia Provincial desestimó tanto los recursos de apelación del MNAC y de la Generalitat de Catalunya como la impugnación del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena. La sentencia de la Audiencia Provincial fue recurrida ante el Tribunal Supremo por el MNAC, la Generalitat de Catalunya y el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena. El Tribunal Supremo examina en primer lugar las cuestiones de naturaleza procesal planteadas por la Generalitat y el MNAC en sus respectivos recursos extraordinarios por infracción procesal, que desestima. 
 El Tribunal Supremo: Confirma el interés legítimo del Ayuntamiento para intervenir como adherente simple (art. 13.1 LEC) tomando como antecedente lo resuelto en la sentencia 1/2021, de 13 de enero. Confirma la aportación de dos documentos después de la demanda que justifican la legitimación del Gobierno de Aragón como cesionario de las acciones interpuestas. Desestima la impugnación de la valoración hecha del dictamen sobre Derecho canónico, sin perjuicio de la inadmisibilidad de un dictamen pericial jurídico. Rechaza la alegación de falta de jurisdicción por entender que era competente la jurisdicción civil, como ya declaró en la sentencia 1/2021, de 13 de enero, dictada en otro asunto sobre la restitución de bienes al Monasterio de Sijena. Confirma la inadmisión por extemporánea de documentos presentados por la Generalitat de Catalunya sin que se acredite indefensión efectiva. En relación con los recursos de casación interpuestos por la Generalitat y por MNAC, el Tribunal Supremo resuelve lo siguiente. 
 En primer lugar, confirma la legitimación activa del Gobierno de Aragón para ejercitar la acción reivindicatoria como cesionaria de los derechos por la titular de las pinturas, la comunidad religiosa constituida sobre el Monasterio de Sijena, cesión ratificada por la Comisaria Pontificia, sin que precisara autorización eclesiástica por no tratarse de una enajenación de bienes y sin que la Comisaria Pontificia se hubiera extralimitado en las facultades que le otorgó el Decreto de nombramiento. En segundo lugar, cuestión central del recurso, el Tribunal Supremo confirma que la acción reivindicatoria no se encuentra prescrita. Se funda para ello en la jurisprudencia constante del Tribunal Supremo desde la sentencia 454/2012, de 11 de julio, que declara que la acción reivindicatoria no se extingue por prescripción en tanto que el demandado no haya usucapido el bien y, en este caso, las demandadas reconocen que el MNAC no ha poseído las pinturas a título de dueño pues las pinturas murales fueron arrancadas de la sala capitular del Monasterio e ingresaron en el museo mediante «depósito», por lo que no concurren los presupuestos para declarar prescrita la acción reivindicatoria. En tercer lugar, el Tribunal Supremo rechaza que sea eficaz para la decisión del recurso la alegación de presencia de un título legitimador de la posesión en base a un documento-contrato cuya existencia no se ha acreditado, lo que es una cuestión fáctica fijada por la sentencia recurrida y no cuestionable a través del recurso de casación. Además, quien aparece en el documento, la priora del Monasterio de Valldoreix, no tenía la representación del Monasterio de Sijena. 
 En relación con los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación interpuestos por el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, el Tribunal Supremo rechaza la incongruencia denunciada de la sentencia y la pretendida intervención como demandante principal. El Tribunal Supremo recuerda que, cuando no existe incompatibilidad entre la pretensión del interviniente y la que es objeto del proceso, como es el caso, se trata de una intervención adhesiva en apoyo del demandante, tal y como se declaró en las instancias.
  … Y luego nos pedirán el voto…
  
 José Antonio Crespo-Francés. Soldado de Infantería Española, Doctor en Artes y Humanidades. Enamorado de Aranjuez la ciudad donde vivo, Colaborador en radio y publicaciones electrónicas, autor de trabajos históricos dedicados al Servicio Militar y Valores, y a personajes en concreto como Juan de Oñate, Vázquez de Coronado, Blas de Lezo o Pedro Menéndez de Avilés y en general a Españoles Olvidados en Norteamérica y Españoles Olvidados del Pacífico. Rechazo la denominación de experto, prefiero las de "enamorado de" o "apasionado por". Si Vis Pacem Para Bellum
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